lunes, 17 de diciembre de 2007

La violación se produce con el acceso carnal "por cualquier vía"

La Sala II del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires confirmó una condena por abuso sexual con acceso carnal al sostener, tras un profundo análisis del alcance del tercer párrafo del artículo 119 del Código Penal, que la fellatio in ore configura una forma de violación.Así lo decidieron los jueces Carlos Mahiques y Jorge Celesia, quienes coincidieron en que con el agregado legal de la frase por cualquier vía a la noción de acceso carnal, es indudable que la ley penal ha pretendido incluir como modalidad comisiva otras formas de penetración diferentes de la vaginal, como podrían ser, por ejemplo, la anal o la bucal.De la misma manera lo había entendido el Tribunal en lo Criminal 1 de Lomas de Zamora, que condenó al imputado a la pena de nueve años de prisión por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual reiterado (dos hechos), en concurso real con robo simple y abuso sexual con acceso carnal.El tema llegó a la cámara por el recurso planteado por la defensa, en el que sostuvo que la expresión por cualquier vía en el abuso sexual con acceso carnal no se extiende a la fellatio in ore. De modo que propuso que se califique el hecho como abuso sexual gravemente ultrajante, en los términos del artículo 119, segundo párrafo, del Código Penal.Pero ello no fue oído por Casación, que en el fallo remarcó, respecto a la frese acceso carnal por cualquier vía, que del debate parlamentario de la ley 25.087 se desprende con toda claridad que el legislador ha tenido especialmente en cuenta como supuesto específico de violación a la fellatio in ore. Y, si bien reconoció que la modificación a la norma ha sido fuente de un sinnúmero de críticas por su deficiente técnica legislativa, agregó que en lo que respecta a este tema particular, no se advierte ninguna vaguedad semántica que autorice a excluir a la penetración bucal de la figura penal en estudio.Un enfoque psicológico-social de los diferentes postulados en juego pone en evidencia que las posiciones que pretenden excluir a la fellatio in ore de la previsión del tercer párrafo del artículo 119 por exclusivas razones fisiológicas, como que el ano o la vagina poseen glándulas de proyección erógenas, no resultan más que parciales y en esa medida se apartan de la moderna comprensión de esa fase concreta de la integridad de la persona que la ley penal intenta preservar, dijo el juez Celesia en su voto.. En esa dirección, el fallo sostiene que la conducta sexual del individuo es producto de elementos interactuantes de naturaleza biológica, psicológica y social, por lo que no debe confundirse sexualidad con genitalidad. Mientras que también se recurrió a la concepción psicoanalítica del tema, que en el proceso de desarrollo evolutivo de la sexualidad, desde la niñez, va incluyendo progresivamente diferentes zonas del cuerpo que producen placer.Desde esta perspectiva freudiana, los jueces analizaron que la boca y los labios representan una zona sexual privilegiada, ya que en la etapa de la niñez esas partes del cuerpo se constituyen en la primera zona erógena; y concluyeron que el contenido sexual de la penetración del órgano genital masculino en la cavidad bucal posee una significación sexual equivalente al coito anal y ambas constituyen, sin lugar a dudas, vías aptas para el acceso carnal.

NIÑA VIOLADA EN NEUQUÉN (ver detalles del caso en comentarios)

¿Qué tenemos que hacer las mujeres para demostrar una violación?"
NEUQUÉN (AN)- El bloque de diputados del Movimiento Popular Neuquino está analizando el polémico fallo que condenó por un delito menor al ex policía que dejó embarazada a su vecina de 12 años. "Vamos a investigar el caso a fondo, creo que hay cosas para revisar", expresó ayer la legisladora Graciela Castañón. "Lo que más me preocupa es el precedente que fija esa sentencia. ¿Qué tenemos que hacer las mujeres para demostrar una violación?", se preguntó.También el MPN analiza el polémico fallo del abuso
http://www.rionegro.com.ar/diario/2008/01/25/20081l25s01.php
A la diputada oficialista Castañón le preocupa "el precedente que fija la sentencia". Dijo que "es terrible desde el punto de vista de los derechos del niño". Examinará el caso "a fondo".

La sentencia fue dictada por la Cámara Criminal Segunda contra un ex policía de 73 años que dejó embarazada a su vecina de 12. Según los jueces Emilio Castro, José Andrada y Héctor Dedominichi, pese al embarazo no está probado que la haya penetrado. Por eso lo condenaron a 4 años en vez de los 11 que había pedido el fiscal Rómulo Patti.
El caso tiene otros condimentos: la fiscalía no apeló la sentencia, por lo que ya está firme y no puede ser modificada; y el abusador siguió viviendo al lado de la víctima -cumple prisión domiciliaria por razones de salud- hasta que esta semana ordenaron su traslado a otra vivienda.
El escándalo que provocó la sentencia motivó que el fiscal del Tribunal Superior de Justicia, Alberto Tribug, anuncie que examinará todo el expediente para verificar si existió alguna irregularidad. También el diputado peronista Ariel Kogan dijo que revisará la actuación de los jueces y fiscales que tuvieron intervención; y ayer se sumó la diputada oficialista Castañón.
En tanto organizaciones sociales, como la colectiva feminista La Revuelta, también analizan el caso antes de definir si presentan un pedido de juicio político contra los magistrados y funcionarios judiciales que intervinieron.

También opinó que hubo errores de parte de la justicia. "No quiero que esto se interprete como la interferencia de un poder en otro, pero la fiscalía no apeló, y a este hombre recién ahora lo obligan a cambiar de lugar".
"Me parece que hay cosas para revisar y cosas que podemos exigir como sociedad", remarcó la legisladora.
Indicó que mantuvo conversaciones con la defensora de los derechos del Niño, Nara Osés, y con el subsecretario de Derechos Humanos del gobierno provincial, Ricardo Riva, porque "no podemos dejar pasar por alto esto. Siempre hablamos de los derechos del niño y quedan en el último escalón".
"Me preocupa el precedente que fija esta sentencia. ¿Qué tenemos que hacer las mujeres para demostrar una violación?", concluyó.

Las otras víctimas - Febreo 2008 - Página 12

Por Eva Giberti

Comprobar que las organizaciones de mujeres son las que han avanzado en la demanda de justicia, proponiendo procedimientos nuevos, no constituye novedad. Desde Salta a Neuquén el clamor coincide cuando la víctima fue una niña de once años, ultrajada gravemente por un ex comisario que disfrutaba de la vecindad doméstica de la criatura.El historial que dieron a conocer los medios de comunicación y el que publiqué en Página/12 fueron suficientemente explícitos como para informarnos que el resultado de ese hecho fue engendrar una criatura. El sujeto fue condenado solamente a cuatro años de prisión. El derecho de estas víctimas demandaría anulación del juicio, juicio político contra los jueces intervinientes y destitución del fiscal, quien no apeló el fallo de la Cámara.Será preciso esperar que la técnica jurídica avance en sus decisiones a partir de argumentos que no dejen resquicio para que los peores modelos del patriarcado reiteren su eficacia.A pesar de los avances de los derechos de las mujeres, lo que sucedió en Neuquén no constituye un sobrante de lo que ocurría en otras épocas. No solamente no han sido superadas las concepciones que autorizan y habilitan las interpretaciones jurídicas que hoy seriamente criticamos, sino que el curso de la historia no nos garantiza "el progreso" que la modernidad prometió; también nos advierte por qué Walter Benjamin afirmó que El Angel de la Historia mira hacia atrás: a sus espaldas, en el ámbito de la Justicia persisten y crecen las complicidades patriarcales opresoras de mujeres y de niñas.La otra víctimaMientras, el niño, crece. Un año y un mes tenía cuando el periodismo contó lo sucedido. Asistirá luego al jardín de infantes y a la escuela primaria (donde su madre aún concurre). Pero previamente esa criatura necesita que la Justicia se posicione ante el ex comisario. ¿Su padre?Este es un punto de inflexión que correría el riesgo de postergarse si la lógica que regula la lucha iniciada perdiese de vista la relación entre ese sujeto ultrajante y el niño que transporta su ADN. Este bebe deberá aprender a recordar esos nombres porque vive en el "tiempo del ahora" como lo quería Walter Benjamin, marcado por la sucesión de las generaciones donde anidan las víctimas. Este "tiempo del ahora" recala en los derechos de niñas y niños que precisan contar con quien los defienda, a cada cual según su padecimiento y su circunstancia.Quizás algún punto que a continuación enuncio forme parte de las actuaciones profesionales que actualmente acompañan a esta familia, pero es conveniente que la comunidad, distante de los saberes jurídicos, se informe acerca de los avatares que pueden llegar a atravesar las víctimas antes de alcanzar una sentencia definitiva en su favor.Razón por la cual habrá que tener en cuenta aquello que sostiene un defensor nacional de niños y de niñas que en Buenos Aires se refirió al fallo como "insoportablemente injusto"; más allá de la falta de legislación concreta y efectiva que nuestro país sobrelleva cuando se trata de defender a niños y niñas víctimas: Es notorio que con la Convención de los Derechos del Niño, con su Protocolo Facultativo y con las leyes nacionales y provinciales, no alcanza. Mientras los códigos, en particular el Penal, continúen siendo redactados por quienes desconocen las perspectivas de la niñez y del género, y mientras la ciudadanía se mantenga indiferente a su responsabilidad como coautora de las leyes, se potenciarán causas como las que estas víctimas protagonizaron. Mientras el Código Penal no reformule lo que se entenderá por violación.¿Qué precisa entonces la púber, además de lo ya solicitado por los movimientos de mujeres? Iniciar acciones por daños y perjuicios contra el condenado, con embargo inmediato de sus bienes y de parte de su jubilación como comisario. Acciones que deben ser en nombre de ella y de su madre (la abuela del bebé) con daños distintos y acumulables.La madre de la púber es otra víctima de los hechos; los daños padecidos son propios de quien ella sea, diferente de lo sucedido con su hija. Y no puede quedar al margen de la justicia reparatoria de sus derechos afectados en tanto persona y en situación de ser la madre de la víctima ultrajada y abuela de una criatura engendrada vilmente.Para lo cual es preciso reclamar la tutela del niño de modo que garantice su adecuada representación legal.La cuota alimentaria que le corresponde al bebé (creo que existe ya una causa iniciada) será tal vez provisoria para plantearla como definitiva posteriormente. Entonces sería necesario retener otra parte de la jubilación policial del condenado.Este bebé, luego un niño, deberá ser beneficiario hasta la mayoría de edad de la pensión policial; habrá que discutir con otros herederos el pago de la condena por daños y perjuicios (anteriormente citada).Y prepararse porque podría suceder que el inculpado se declarase insolvente -transfiriendo bienes por ejemplo, antes o después de la sentencia-. Presunción que no es ingenua, ya que según nos cuentan algunos vecinos se lo escuchó gritar, una vez conocidos los hechos: "Es una trampa que me han tendido para quedarse con mis bienes".Describo estas instancias jurídicas para dejar en claro que en esta historia las víctimas son varias y que corresponde cuidar que no se invisibilicen ante la comunidad, postergadas por la exposición pública del "abuso" a cargo del ex comisario.El bebé y su filiaciónEl hijo, ¿deberá hacerse cargo de quien es su "padre"? La filiación, inevitable legalmente, debería ser iniciada por el Ministerio Público y paralelamente lograr la privación de patria potestad por el artículo 307 del Código Civil. Es decir, ningún derecho por parte del condenado respecto de la criatura; así como la exclusión de uso del apellido del ex policía de modo tal que solamente opere para brindar derechos alimentarios y hereditarios al niño, que quedará protegido por la tutela de la abuela hasta la mayoría de edad de la madre y luego bajo patria potestad unilateral de ésta.¿Qué habrá que contarle, a medida que crezca, respecto de su madre y del sujeto ultrajante? Esta joven madre -tiene doce años-, ¿podrá asumir la crianza de este hijo? ¿De dónde podrá provenirle la necesidad o el deseo de maternarlo? ¿Qué obligación tendría acerca del "amor de madre"? ¿Alcanza con explicarle que "eso" es lo que le tocó en la vida? Pretender que la maternidad se inscriba en ella, es apostar a un azar. Que puede producirse. O no. Lo que no puede dejar de operar en esta víctima en su indignación -que actualmente posee-, pero no "por lo que pasó" como ella dice, sino "por lo que le hicieron". Que es una narrativa absolutamente distinta. Diferencia que separa "la buena intención" (inclusive profesional) de lograr que la víctima crezca como una adolescente "normal", de la ética que indica que es preciso contribuir para que se desarrolle como una persona capaz de interpelar a la Justicia y al Estado que la dejó indefensa.Las voces de la púber y la de su hijo corresponden que sean las prioritarias en esta historia, sin revictimizarlos en la habitual reparación convencional que tiende al conformismo y a lograr que la víctima se consuele, cuando ella debe instalarse en el grito luminoso de la rebelión propia del "tiempo de ahora" que excede lo cronológico y penetra en la historia de los oprimidos.El Angel de la Historia que mira hacia atrás está registrando el pasado donde los victimarios fundaron las humillaciones padecidas por tres víctimas; pasado del cual también provienen las escuálidas esperanzas que determinadas conveniencias intentan aplastar con silencios, olvidos y negociaciones políticas. En esta oportunidad hay resguardos jurídicos que pueden responder defendiéndolas. ¿También responderán los acopios morales de una ciudadanía posicionada en alerta frente a los vencedores de la niñez?
Denuncie la violencia doméstica contra la niñez y la mujer.

En Capital Federal TE 137:Programa "Las Víctimas contra Las Violencias"Pregunte en su ciudad

10 comentarios:

Insitucional dijo...

NEUQUEN - FALLO INSOLITO

Macabro: anciano violó y embarazó a nena de 12 años y fue absuelto
El hombre fue condenado por el delito de "abuso deshonesto", el cual no incluye la penetración y prevé una pena de cuatro años de prisión, siete menos que la que le hubiera podido corresponder por la violación. (Vote en la encuesta del día)
Audio

El fallo se basó en la ausencia de exámenes sobre la nena y en el "beneficio de la duda" otorgado al imputado, de acuerdo con la información que trascendió hoy. El condenado, un policía retirado, quedó detenido con prisión domiciliaria, en la casa aledaña a la niña, lo que motivó la queja de los familiares.

El fallo fue emitido el mes pasado por la Cámara Segunda de Neuquén y sus fundamentos eran hasta el momento desconocidos. Los jueces Emilio Castro, José Andrada y Héctor Dedominichi admitieron que "hubo contacto" sexual por parte del imputado, ya que el estudio de ADN del embarazo de la pequeña lo certifica, pero ubica en el terreno de la "duda" si efectivamente hubo penetración. La duda es abonada en que la niña nunca declaró que el hombre la penetró y en que nunca se le practicó un examen ginecológico. También se señala que existe una mínima posibilidad de embarazo sin penetración, un mecanismo denominado "coito interfémora", en el que el hombre eyacula sobre la mujer sin penetrarla.

El dictamen señala que "si bien es cierto que un embarazo de esas características parece algo raro, no sería imposibile" y critica a los instructores de la causa por "partir de un preconcepto" y no ponerlo en duda: el embarazo como consecuencia directa de la penetración.

"Ni la instrucción ni la acusación agotaron lo que podríamos llamar la prueba natural (...) para comprobar el acceso", considera el dictamen. "No puede descartarse que haya habido penetración (...) pero lo que importa es que no puedo rechazar la posibilidad contraria, que es la más favorable" al imputado, indica la sentencia, que fue apelada ante el Tribunal Superior provincial por la Fiscalía actuante.

http://www.26noticias.com.ar/macabro-anciano-violo-y-embarazo-a-nena-de-12-anos-y-fue-absuelto-58102.html

Insitucional dijo...

Ordenan trasladar al condenado por abuso.
No podrá seguir viviendo al lado de la casa de su víctima. Continuará con prisión domiciliaria.


NEUQUÉN (AN)- Mediante una resolución conocida ayer, la justicia ordenó el traslado a otra vivienda de Esteban Muñoz, el ex policía de 73 años condenado por dejar embarazada a su vecina de 13. Es posible que se mude con una hermana al barrio San Lorenzo Norte.

Es el primer intento del Poder Judicial por retomar la iniciativa después del escándalo que se desató al conocerse los términos de la sentencia que condenó a Muñoz a 4 años de prisión por abuso deshonesto, en vez de los 11 años que había pedido la fiscalía por abuso sexual con acceso carnal. Ese fallo quedó firme porque la fiscalía no apeló.

Como parte de la escalada de cuestionamientos, ayer hubo una movilización hacia la sede de los tribunales de la que participaron organizaciones feministas y defensoras de los derechos humanos. Pidieron la anulación del juicio y la destitución de los magistrados y funcionarios que intervinieron (ver aparte).

La orden de trasladar a Muñoz a otra vivienda la impartió el camarista de feria Luis María Fernández el viernes pasado, aunque recién trascendió ayer. Si bien mantiene la prisión domiciliaria para el condenado, a quien le concedieron ese beneficio por razones de salud, ya no podrá continuar viviendo al lado de su víctima.

Zulema, la madre de la niña que quedó embarazada de Muñoz, había pedido en julio del año pasado que lo manden a otra vivienda. Pero la Cámara Criminal Segunda, la misma que después emitió la polémica sentencia, rechazó su petición. Dijo, entre otros argumentos, que no había razones objetivas para temer que el imputado intente agredir a la niña, o que su cercana presencia le cause algún agravio de tipo psicológico.

El 7 de diciembre del año pasado Muñoz fue condenado a 4 años de prisión y siguió viviendo en el mismo domicilio, medianera de por medio con su víctima. Según pudo saber "Río Negro", a principios de este año hubo un intento por mudarlo y Muñoz ofreció como nueva residencia la casa de unos parientes en el barrio Confluencia. La justicia descartó ese lugar por dos razones: en la vivienda hay niños, y la familia del ex policía -y él mismo- niegan el delito por el cual fue condenado.

Luego vino el escándalo, cuando "Río Negro" reveló los fundamentos del fallo: la Cámara dijo que no estaba probada la violación, pese a que la niña de 12 años quedó embarazada y tuvo un hijo del ex policía. Para los jueces, pudo tratarse de un coito interfé

mora (el imputado habría eyaculado sobre la niña, sin penetrarla) y así se produjo la fecundación.

El fallo causó indignación. Decenas de lectores dejaron, durante una semana seguida, sus comentarios adversos a los jueces en la página web del diario. El enojo aumentó porque Muñoz sigue viviendo junto a su víctima, y porque el fallo no fue apelado.

Según pudo saber "Río Negro", el caso fue motivo de conversación en varios niveles del Poder Judicial. Y ayer se conoció la primera medida adoptada por la justicia para intentar que las críticas se vayan apagando: el camarista Fernández ordenó el traslado de Muñoz.

Fuentes vinculadas al expediente revelaron a este diario que es posible que el ex policía se mude a vivir con una hermana en el barrio San Lorenzo Norte. Si autorizan el traslado, se concretará entre hoy y mañana.

http://www.rionegro.com.ar/diario/2008/01/22/20081l22d05.php

Insitucional dijo...

El ex policía condenado por abuso deberá mudarse
Así lo determinó la Cámara Criminal de feria mediante una resolución que se conoció hoy. Cumplía prisión domiciliaria junto a la casa de su víctima menor de edad. |Un grupo de feministas exigió la nulidad del juicio|

El ex policía condenado por dejar embarazada a su vecina menor de edad ya no podrá seguir cumpliendo prisión domiciliaria en la casa ubicada junto a la de su víctima. La Cámara Criminal de feria ordenó que se mude a otro lugar, mediante una resolución conocida hoy.

Zulema, la mamá de la víctima, venía pidiendo que se tome esta medida desde mediados del año pasado pero nunca le habían hecho lugar.

En tanto hoy a la mañana un grupo de militantes feministas, de partidos políticos y madres de Plaza de Mayo exigieron la nulidad del juicio y que se condene al ex policía por el delito de violación, y no abuso deshonesto.

Además reclamaron el juicio político para el tribunal que dictó la sentencia, y la destitución del fiscal que no apeló el fallo.

"El fallo de los jueces Emilio Castro, José Andrada y Héctor Dedominichi, constituye un verdadero tratado de misoginia patriarcal y burguesa", denunció Ruth Zurbriggen, de la colectiva feminista La Revuelta.

"Vuelven a abusar de la víctima, una niña de 12 años, que fue violada por Esteban Muñoz, comisario principal retirado, y quedó embarazada como resultado de esa violación", agregó.
http://www.rionegro.com.ar/diario/2008/01/21/1200944230.php

Insitucional dijo...

Elízabeth Romero y Francisco López
EDICIÓN DIGITAL ENERO 2008 NICARAGUA http://www.laprensa.com.ni/archivo/2008/enero/24/noticias/ultimahora/239536.shtml
nacionales@laprensa.com.ni


La Ministra de la Familia, Rosa Adilia Vizcaya, confirmó a LA PRENSA, que espera un informe de la delegación de esa institución en San Carlos, para determinar si la niña de 10 años, que está embarazada producto de una violación, presuntamente por parte de su padrastro, resiste un traslado hacia la capital.

La titular de Mifamilia dijo que si los médicos creen prudente que la niña debe ser trasladada a Managua, lo harán de inmediato.

La funcionaria explicó que tienen todo el apoyo del Ministerio de Salud (Minsa), que cuenta con un equipo que estará atento las 24 horas en caso de una emergencia.

Por su parte la Procuradora Especial de la Niñez, Norma Moreno, al ser abordada sobre este tema explicó que esa institución según la ley es fiscalizadora de la actuación de la administración pública, y ese es un delito particular.

"Si fuera quien embarazó o abusó sexualmente a una niña o adolescente un funcionario de la administración pública, ahí si tiene competencia la Procuraduría de Derechos Humanos, pero si es un papá , padrastro o un particular, nosotros no somos competencia", sostuvo Moreno.

Se trata de la niña B.R.V.H, quien el 25 de junio del 2007, cumplió 10 años, habitaba en una comunidad distante a unos 30 kilómetros, montaña adentro de San Miguelito. Según los médicos tiene siete meses de embarazo, el cual es de muy alto riesgo y pone en peligro su vida.

De acuerdo con el doctor Asarías Escoto, director de servicios de salud de San Miguelito, la pequeña llegó al centro de salud en estado deplorable muy mal alimentada, pues presentaba síntomas de desnutrición, muy deprimida y con trauma psicológico.

La mamá de la niñita, J.M.H., de 31 años de edad, está siendo procesada por las autoridades judiciales, acusada por el presunto delito de cómplice en la violación.

El doctor Escoto también insistió en que la menor necesita urgente atención sicológica por su grave estado de shock

Insitucional dijo...

¿Sin penetración?
Por Eva Giberti
Tiene doce años pero, cuando la atacaron, tenía diez. Ahora tiene un hijo engendrado por quien, según los jueces, no es violador sino un sujeto que cometió “abuso deshonesto con acceso carnal agravado”. Tuvo tiempo y comodidad para actuar porque –vecino pared lindante con la casa de la víctima– funcionaba de manera paterna, ya que la niña “se crió en su casa”, según relata la madre. Es un ex comisario de 73 años de edad. Merced al ADN del bebé no pudo negar el delito, pero aclaró que no había penetrado a la púber. Por su parte, ella dice no recordar. ¿Cómo? ¿Y la revisión ginecológica previa al parto? No se realizó para no revictimizar (¿?) a la púber en cuyo vientre ya se había diagnosticado un embarazo.
¿Es posible engendrar sin penetración?

El juez sostuvo: “Tampoco puede descartarse que haya habido penetración, pero lo que importa es que no puedo rechazar la posibilidad contraria, que es la más favorable al imputado”. Se trata de una interpretación jurídica que tiende a garantizar los derechos del inculpado.

La figura del falo es lo suficientemente fuerte como para orientar el pensamiento: según la ley, para que haya violación es preciso que exista penetración, ya sea mediante el pene u otro objeto. Sin embargo, internacionalmente, la descripción de una violación no se ciñe a la penetración. Por ejemplo, la Relatoría Especial sobre Prácticas Sistemáticas de Violación y Esclavitud Sexual (1995) afirma que “aunque este reporte mantenga la penetración en la definición de violación, es claro que el foco histórico en el acto de penetración proviene de la preocupación masculina en asegurar la castidad de la mujer y la seguridad sobre la paternidad de los hijos”, en relación con los contenidos del Reporte de Crímenes y Definiciones (Tribunal ad hoc de Yugoslavia) y las Propuestas del Caucus por una Justicia de Género donde se describe violación como “la invasión física de naturaleza sexual, incluida pero no limitada a la penetración, aunque leve, cometida en contra de una persona bajo circunstancias que son coercitivas, o sin consentimiento”.

Estos contenidos sólo ilustran una coincidencia internacional acerca de lo que se entiende por violación.

En el historial que menciono, la púber describe la emisión seminal sobre su pubis y “vagina” (vulva en realidad), “sin recordar” penetración.

Las opiniones de los profesionales que intervinieron como peritos también aluden a un coito interfemoral, entre los muslos, práctica que sin ser habitual no constituye una rareza, como tampoco es infrecuente un embarazo cuando la mujer tiene 12 años de edad. Menos aún abunda en rarezas como que el responsable sea un miembro de la familia o un amigo de la misma.


Efectos traumáticos

Podríamos pensar que una criatura que desde los 10 años es manoseada por quien posteriormente habrá de violentarla sexualmente generó el terreno para una patología traumática, la cual hizo crisis cuando la ecografía le mostró un bebé dentro de su cuerpo. De la causa se desprende que ella no sabía que estaba protagonizando un estilo de “relación sexual” con quien “era como un padre”.

Entonces, ¿es posible sostener que, como la víctima no describió penetración, ese silencio asociable con un esperable cuadro clínico postraumático (que genera omisiones, desconciertos y deficiencias en los recuerdos traumáticos, entre otras alteraciones) constituya un elemento significativo para eludir la responsabilidad violatoria del sujeto y transformar su acción en abuso deshonesto, limitando la sanción?

Si no se advierte que quien está siendo interrogada antes y después de parir es alguien que está sobrellevando un cuadro clínico con características propias, que no son reducibles a la idea de shock, los interrogatorios resultan inconducentes. Máxime cuando no se realizó el peritaje imprescindible para constatar la situación ginecológica de la víctima (presencia o ausencia y características del himen). De ese modo se omitieron datos que podían aportar elementos probatorios.


La penetración del espermatozoide

El espermatozoide, que es el representante biológico y legal en cuanto transmisor del ADN, se inscribe como protagonista de una violación dado que es la sustancia que penetró en el cuerpo de la víctima. Para identificar al violador en nuestro país no se recurre a falometrías sino al ADN, o sea, se le otorga el máximo de representación identificable como presencia intrusiva del sujeto en el cuerpo de la víctima. Los expertos en leyes podrían considerar esta tesis ajena a Derecho. Habrá que revisarlo cuando se legisle acerca de fertilización asistida y los bancos de esperma.

Para engendrar no es prioritario un pene en erección, ni tampoco para violar. Para violar, cuando sea posible enmendar el texto de la ley actual e inspirarse en el derecho a la libertad y dignidad de la persona, alcanzará con una emisión seminal coercitiva sobre el cuerpo de una mujer, en este caso una niña. Lo cual también reconocerá el estatuto identitario del espermatozoide capaz de reproducir la especie y las características genéticas de quien lo haya producido.

Si nos atenemos a la cuidadosa fundamentación de Su Señoría en defensa de los derechos del abusador –que circula en Internet–, sentenciándolo a cuatro años de arresto ya que no se pudo probar penetración, en uno de cuyos párrafos sostiene: “El acusado tocó, manoseó, desvistió parcialmente e incluso se acostó semidesnudo sobre el cuerpo también semidesnudo de la púber, de once años, llegando a eyacular sobre la vulva descubierta de la niña (de lo que resultó el embarazo de ésta y el alumbramiento de un niño), en varios momentos y en actitudes progresivas, en el transcurso del año 2005 y primeros meses del 2006, en su vivienda (del justiciable) de esta ciudad, aprovechándose de la gran confianza que ésta y su madre le tenían, con trato cuasi familiar, desde que aquélla era muy pequeña”, se comprenderá que dicho abuso deshonesto constituiría un recurso convivencial para el ex comisario.

El, cumpliendo con la tesis de los biólogos y psicólogos evolucionistas, al reproducirse a los 73 años habría asumido triunfalmente el horizonte propio de la evolución de la especie. El ex comisario, caracterizado por la madre de la víctima como una figura paterna digna de toda confianza, quizás ocupó en el psiquismo de la niña el lugar de una figura tutelar, lo cual, psicológicamente interpretado, configuraría incesto. Esta perspectiva tampoco responde a Derecho.


El corpus de la Ley y el discurso jurídico

Lo que ha demostrado responder a Derecho es que las características del hecho son gravemente ultrajantes. ¿Dónde estaba el fiscal de la causa ante la sentencia? ¿Por qué no apeló en lo que respecta a los graves daños sufridos por la víctima en distintos niveles, agravados por la familiaridad y la autoridad del inculpado? ¿Por qué desistió? Entre las características singulares de los procedimientos de esta causa, la actuación fiscal abre un interrogante mayor. También la de la defensa.

Sepamos que revisar los contenidos de las leyes y reclamar su modificación es responsabilidad ciudadana y no patrimonio exclusivo de jueces y abogados.

¿Y la víctima? ¿Cuál? ¿La púber o su hijo? Ambos.

Si mi país –que es el de ellos– aplica la Convención de los Derechos del Niño, surgirá una nueva tarea: a ambos les corresponden reparaciones concretas y otra visión de la justicia. Como a tantos otros niños y niñas que ya nos miran desde sus derrotas.
http://www.pagina12.com.ar/diario/contratapa/13-98179-2008-01-30.html

Insitucional dijo...

Comienzan a auditar polémico expediente del abuso
El fiscal del STJ quiere saber por qué nunca examinaron a la menor. También por qué nunca apelaron la sentencia, que quedó firme. El caso irá a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
http://www.rionegro.com.ar/diario/2008/02/01/20082l01s08.php
NEUQUÉN (AN).- La reanudación de la actividad judicial tras la feria de verano traerá novedades para la polémica causa en la que un ex policía de 73 años que dejó embarazada a su vecina de 12 fue condenado por un delito menor.

Desde hoy el fiscal del Tribunal Superior de Justicia, Alberto Tribug, comenzará a auditar el expediente para buscar respuesta a dos de las preguntas claves: por qué nunca se le hizo un examen ginecológico a la víctima, y por qué el fiscal que intervino en el juicio, Rómulo Patti, no apeló la sentencia.

Por esa falta de apelación el fallo está firme y ya no se lo puede modificar. Por eso las integrantes del Programa de Fortalecimiento de la Mujeres "Juana Azurduy", anunciaron ayer que llevarán el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

"Es importante evitar que este fallo siente un precedente donde se pone a la niña como culpable y se le da amparo al violador", dijeron ayer.

"El fallo de la justicia es aberrante", remarcaron ayer en conferencia de prensa Paula Ovadilla y Gladys Aballay, representantes locales del programa que impulsa el gobierno nacional. "Es insólito y debe conocerse en toda América", agregaron.

El objetivo de la denuncia que presentarán hoy por correo electrónico ante la CIDH, es que el organismo internacional "tome medidas cautelares que protejan la integridad de la menor". Para esto remitirán copia "del fallo judicial con testimonios de médicos, psiquiatras y docentes; archivos periodísticos sobre el desarrollo del juicio; y

datos aportados por los familiares de la víctima, como el análisis de ADN del bebé producto de la violación".

"Hubo irregularidades en dos sentidos: la condena debió ser por violación y no por abuso; y no le tendrían que haber dado prisión domiciliaria al condenado en su casa, que está junto a la vivienda donde vive la nena", puntualizó Ovadilla.

La denuncia fue respaldada también por la concejal Mercedes Lamarca (Libres del Sur) y la directora de perspectiva de género de la municipalidad, Valeria Amstein.

En el ámbito local, Libres de Sur impulsará en el Concejo Deliberante un proyecto de declaración para que se repudie el fallo. "Esperamos que salga por unanimidad", señaló Lamarca.

La polémica sentencia fallo fue emitida en diciembre por los jueces de la Cámara Criminal Segunda, Emilio Castro, Héctor Dedominichi y José Andrada. Cuando "Río Negro" divulgó los argumentos se generó una polémica nacional y hubo críticas desde diversos sectores y organizaciones sociales.

Mientras el Poder Judicial examina los detalles, algunos diputados también se comprometieron a revisar el expediente.

No se descarta que alguien presente un pedido de jurado de enjuiciamiento contra eventuales responsables de alguna irregularidad.

Insitucional dijo...

“El Código Penal sigue siendo letra muerta”
| 5.2.2008

De esta manera expresó Periodistas de Argentina en Red - Por una comunicación no sexista (PAR) su repudio a la decisión de la Justicia neuquina de condenar por un delito leve a un policía retirado de 73 años, que violó y embarazó a una nena de 11. El polémico caso ya despertó la reacción del movimiento feminista y de derechos humanos.

http://www.artemisanoticias.com.ar/site/notas.asp?id=28&idnota=5299

Las y los periodistas que integramos PAR rechazamos la decisión de los integrantes de la Cámara Segunda de Apelaciones neuquina, de penar con 4 años de prisión domiciliaria al comisario principal Esteban Muñoz, de 73 años, que violó a una nena de 11, y la embarazó.

Aunque los estudios de ADN determinaron que la criatura nacida en diciembre de 2006 fue producto de una violación, los jueces Héctor Dedominichi, José Andrada y Emilio Castro, consideraron sin embargo que el embarazo no demostraba que haya existido penetración y decidieron condenarlo por un delito leve.

Consideramos que este fallo sienta un gravísimo precedente en la jurisprudencia argentina y echa por tierra todos los tratados internacionales que protegen los derechos de niñas y mujeres, como la Convención Internacional de los Derechos del Niño que establece en su artículo 19 que “los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño/a contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual” (…).

A su vez, contradice lo contemplado en el Código Penal, que manifiesta que el abuso gravemente ultrajante a una menor de 13 años tiene una pena de hasta 15 ó 20 años de prisión, si resultare grave daño a la salud física o mental de la víctima.

Al mismo tiempo, apoyamos el trabajo que vienen realizando las militantes feministas de Neuquén y adherimos a sus reclamos: anulación del juicio; juicio político contra el Tribunal que conforman Emilio Castro, José Andrada y Héctor Dedominichi; y destitución del fiscal Rómulo Patti, quien no apeló el fallo de la Cámara.

PAR es una red nacional que nuclea a más de 70 periodistas de todo el país que trabajan por la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres, la recuperación de la memoria histórica de las mujeres y por espacios políticos de construcción colectiva.

PAR, Periodistas de Argentina en Red - Por una comunicación no sexista
Co-coordinadora de la Red Internacional de Periodistas con Visión de Género

Para mayor información, comunicarse con la coordinación de la Red PAR a lamasdonosa@yahoo.com.ar, o por teléfono al (011) 15 5844 3636.

Insitucional dijo...

Enviado Por Eva Giberti el 3/02/08 a listas Jorge Garaventa
jorgegaraventa@hotmail.com.ar
MSN jorgegaraventa@hotmail.com
www.jorgegaraventa.com.ar


Estimad@s colister@s

Reproduzco una nota publicada por el diario rio Negro donde se informa acerca del trámite iniciado desde el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de Nación respecto del historial de la niña violentada en Neuquen.

"DEL DIARIO RIO NEGRO, 2 de febrero 2008

Edicion impresa pag. 34 » Policiales y Judiciales
También la Nación se interesó en el caso del abuso
El ministro Aníbal Fernández le ofreció apoyo a la madre de la víctima. En Neuquén comenzó una virtual auditoría al expediente. Y el gobierno provincial se sumó a las críticas.


Aníbal Fernández se puso a disposición de Zulema, la madre de la niña abusada, y le ofreció un abogado.


NEUQUÉN (AN).- El gobierno nacional se interesó en el caso de la niña de 12 años que fue abusada por su vecino, un ex policía de 73. El ministro de Justicia, Aníbal Fernández, le ofreció un abogado a la madre de la víctima y se puso a disposición para ayudarla.

En tanto el subsecretario de Justicia y Derechos Humanos, Ricardo Riva, opinó que el Poder Judicial debe hacer autocrítica sobre la forma en que reacciona ante los casos de abuso sexual ya que algunos de sus fallos son "misóginos". Ofreció realizar jornadas de capacitación destinadas a operadores del sistema judicial para evitar que tengan una "mirada estrecha" en estos casos (ver aparte).

En otro plano, el fiscal del Tribunal Superior de Justicia, Alberto Tribug, pidió ayer en forma oficial una copia del expediente y el lunes 11 recibirá a organizaciones sociales que se manifestaron contra la sentencia.

Zulema, la mamá de la nena que quedó embarazada de su vecino, dijo ayer a "Río Negro" que la secretaria del ministro Aníbal Fernández la llamó por teléfono para ofrecerle un abogado y para ponerse a su disposición.

El ministro se interesó por el caso a través de la escritora Eva Giberti, quien a su vez lo conoció por la colectiva feminista La Revuelta, de Neuquén.

Giberti es directora del Programa "Las víctimas contra las violencias" del ministerio de Justicia de la Nación y días atrás publicó una crítica nota sobre el caso en el diario Página/12. Según explicó ayer Graciela Alonso, de La Revuelta, "le enviamos la sentencia y otros antecedentes, y ella nos pidió el teléfono de Zulema por encargo del ministro Fernández".

Por otro lado, Alonso dijo que ayer se entrevistó con el fiscal Tribug "y nos dio una audiencia para el lunes 11". Ese día le irán a reclamar acciones concretas.

Consultado por "Río Negro", Tribug dijo que ya pidió en forma oficial todos los antecedentes del caso. "Quiero ver el grado de participación de cada uno, incluidos médicos y testigos", explicó. Analizará desde la etapa de instrucción hasta la de juicio.

El caso contiene varias aristas polémicas. El condenado por abuso sexual, Esteban Muñoz, vivió hasta hace poco en la casa de al lado de la de su víctima. Y recibió una sanción de sólo 4 años de prisión porque la Cámara -integrada por Emilio Castro, José Andrada y Héctor Dedominichi- consideró que no está probado que haya penetrado a la niña, pese a que la dejó embarazada y tuvo un hijo, según confirmó el examen de ADN.

Otro aspecto polémico es que nadie apeló ese fallo, cuyo contenido fue secreto hasta que lo publicó "Río Negro". Al respecto, Tribug dijo que al no haber sido apelada la sentencia, "me dejaron sin herramientas" para mantener abierta la causa.

¿Qué fiscal debía apelar? La respuesta surgirá de la investigación que empezó ayer. Por lo que pudo reconstruir este diario, el expediente le fue asignado originariamente a la fiscal de Cámara Elba Burgos Gallardo de Juárez Truccone, quien al parecer por razones de salud se lo pasó a su colega Rómulo Patti.

Patti se desempeñó en el juicio oral y pidió 11 años de prisión para Muñoz. Después se habría tomado una licencia. ¿Cuál de los dos fiscales estaba en funciones cuando corrían los plazos para apelar? Es una de las respuestas que busca Tribug."

ACLARACION para l@s colister@s : quien conversó telefónicamente con la madre de la niña, en nombre del ministro de Justicia, fue Eva Giberti y no una secretaria. Lo cual cambia la perspectiva del diálogo y de los temas aceca de los cuales se le solicitó información a la señora.

Cordialmente
Eva Giberti

Insitucional dijo...

Niñ@s esperan una real protección contra el abuso
Escrito por Susana Yappert
08-02-2008 a las 13:51:24
Numerosos casos de abuso sexual contra niñas y niños menores de edad han sido top en los ranking de lectura de la prensa gráfica de la región del Comahue durante los últimos años. Varios fueron muy resonantes y muchos perpetrados por hombres ancianos.



1) El empresario. Juan Giglio era un importante empresario de Bariloche que en 2001 tenía 70 años, momento en que se indicó su detención por abusar de una nena de 12; la madre de la víctima también fue detenida acusada de “entregar” a la niña. El primer juicio, favorable al abusador, fue un escándalo. Intervino, por presión de vecinas y vecinos de Bariloche, la Procuradora de la Provincia. Se ordenó un segundo juicio en el que el fiscal cambió su alegato. Se liberó a Giglio por segunda vez. Se apeló. El Superior Tribunal provincial ordenó un nuevo juicio que nunca se realizó. La defensa del abusador recurrió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación alegando que no se puede juzgar a una persona varias veces por el mismo hecho. Actualmente Giglio vive en Mar del Plata.

2) El patrón. Dos nenas denuncian que fueron violadas por el patrón del campo. El caso llega a juicio con el apoyo de la Pastoral de Neuquén y la presión de un grupo de mujeres que atienden casos de violencia familiar. Absuelven al acusado, se apela y en vista a groseros errores que se encuentran en la sentencia, y en el proceso judicial, el Superior Tribunal de Justicia resolvió que se realice un segundo juicio. El abusador fue condenado y actualmente está preso.

3) El profesor. A fines de octubre de 2006 fue detenido el ginecólogo Carlos Anzaldo en Cinco Saltos (Río Negro), luego que la Cámara Segunda del Crimen de Cipolletti lo condenara a 10 años de cárcel y el mismo período de inhabilitación como docente y médico. Lo consideraron autor del delito de “abuso sexual con acceso carnal en forma continuada, agravado por ser el encargado de la educación de la víctima”, que tenía entonces 17 años. Varias de sus alumnas (dictaba Biología en colegios secundarios) lo denunciaron tras años de sufrimiento. Mujeres vestidas de negro marcharon durante todo el proceso, pidiendo que se lo condene. El violador, mientras llegaba a juicio, seguía atendiendo en su consultorio. Actualmente, los abogados defensores de Anzaldo anunciaron una batería de medidas para liberar al médico hoy alojado en la Alcaldía de Roca.

4) El comisario. En enero de 2008 se conoció la sentencia hacia el comisario retirado, Esteban Muñoz, quien a los 70 años abusó y embarazó a una nena de 11 años que era su vecina en Neuquén capital. No se practicaron exámenes físicos a la nena ni al acusado, quien declaró que no podía tener relaciones; no se atendieron los argumentos de los peritos psicólogos; se cambió la fiscal a último momento (la fiscal que había seguido la causa y contaba con la confianza de la madre de la víctima); no se consideró que existió violación, pese a que existe un niño producto de la misma; la víctima fue –y esto consta en la prueba- amenazada por el hombre para que no contara que la sometía y ella manifestó que lo hecho fue hecho bajo amenaza, no por propia voluntad, palabra que tiene un peso y densidad distinto cuando se trata de un adulto o una nena de 11 años; se interpretó que no existe mayor daño que el que causa en esta adolescente el abuso. Una aseveración ¿qué palabra usar? ¿cruel? ¿perversa?, al menos basada en una profunda negación de la realidad de una mujer a la que obligan a ser madre a los 12 años.
Este último caso, verano de por medio (bajón informativo generalizado), por fortuna conquistó espacios mediáticos. El juicio lleva unos dos años En octubre de 2007 la prensa local informó que el comisario retirado había sido beneficiado con el arresto domiciliario, de modo que volvía a vivir a escasos metros de su víctima. Cientos de voces agudas recordaron al juez que un violador, normalmente, reincide y que esas mujeres estaban en peligro. Nada pasó. Dos meses más tarde, diciembre de 2007, se conoció la sentencia: Esteban Muñoz fue condenado a 4 años de prisión por el delito de abuso sexual, abuso deshonesto. No por violación. El juez Emilio Castro (presidente del Tribunal) afirmó en su sentencia: “...voto para que se tenga por plenamente probado que el acusado tocó, manoseó, desvistió parcialmente e incluso se acostó semidesnudo sobre el cuerpo de R.E.M., de once años, llegando a eyacular sobre la vulva descubierta de la niña ( de lo que resultó el embarazo de ésta y el alumbramiento de un niño), en varios momentos y en actitudes progresivas, en el transcurso del 2005 y 2006, aprovechándose de la gran confianza que ésta y su madre le tenían, con trato cuasi familiar, desde que aquella era pequeña...”
Este mismo juez menosprecia el sentido común, las interpretaciones psicológicas, médicas, feministas y femeninas, simplemente porque es juez y defenderá lo actuado Código Penal en mano.
Pero intentemos una cortada, simples mortales observados desde el pedestal olímpico del juez: hablemos con sus colegas. Un magistrado de muchos años de oficio, advierte que en casos como éste, con las pruebas elocuentes y las aportadas por los peritos, un juez puede llevar siempre la balanza a un lado o a otro. Vea a modo de ejemplo, ilustra este magistrado: “La Cámara Primera en lo Criminal de Salta condenó en mayo del año 2000 por el delito de violación a un hombre que había embarazado a una menor, tras abusar de ella. La víctima, se comprobó, tenía himen complaciente y el practicado por el acusado fue un ‘coito vestibular’. Pese a ello el tribunal consideró que la violación fue consumada”.

Otro punto. El fiscal Patti, a quien la parte acusadora conoció el día del juicio, no apeló. Un colega suyo, fiscal de la provincia de Río Negro, opina que es “incomprensible esta actitud. Un fiscal debe apelar, por poco o por mucho, siempre debe apelar. No entiendo qué pasó en este caso. Creo que esa actitud amerita un Jury”.
Ahora, los más, los espectadores que vemos transcurrir los hechos ¿Qué? La mitad de la biblioteca afirma que los jueces actúan cumpliendo a rajatabla el Código Penal; aunque jueces como Carlos Rosansky no opinan igual. Y hay otra mitad de biblioteca que afirma que cada fallo es el resultado de la cosmovisión de quien lo dicta.
Por último, ¿la legislación tal cual existe da real protección a las y los niñ@s abusadas/os? ¿No deberíamos exigir que se despenalice el aborto en caso de violación? ¿No deberíamos exigir una nueva interpretación del término violación? Porque violación no es sólo penetración del sexo masculino dentro del sexo femenino. Esa es apenas una pequeña parte de la biblioteca, pero hay más, mucho más.
El pediatra Francisco Galeano, quien trabajó en una ONG de protección de niñas y niños en General Roca, aporta: “La figura de la penetración es retrógrada. Hace poco se hizo público el caso de una mujer que ‘abusaba’ de sus hijos e hijas. Nunca se la podrá acusar de violación, independientemente de la edad de los ‘abusados’, ya que por no tener pene no habría penetración. Considero que es necesario que la sociedad discuta y exija la necesidad de erradicar el término penetración para considerar el hecho como violación. El violador, en muchos casos es un sádico que durante mucho tiempo no penetra a su víctima, pero viola y abusa en el sentido amplio de esos términos. No penetra pero ejerce violencia física y mental, eyacula, manosea, amenaza, chantajea, y realiza coerción psicofísica”.

Artemisa Noticias

Insitucional dijo...

marzo 2008 Permanece detenido Juan Lineros, acusado de abuso sexual
El ex convicto fue detenido la semana pasada por haber abusado de su hijastra de 10 años.

Luego de ser detenido en la tarde del pasado jueves, permanece alojado en la Comisaría local, Juan Nicolás Lineros, un hombre de 33 años acusado de abusar sexualmente de su hijastra de tan sólo 10 años.
La captura se produjo en una vivienda de la calle Bozzano al 600, posteriormente a que un familiar, ex policía, radicara la denuncia en las horas previas. La situación se agravó inmediatamente ya que varios integrantes de su entorno, habrían protagonizado una pelea generalizada con acusaciones diversas y golpes de puño, que tuvieron como principal destinatario al acusado. Se dice que el propio Lineros habría recibido una fenomenal golpiza en el interior de la casa ante la indignación de algunos familiares.
La zona se vio alterada de inmediato, ya que acudieron al lugar tres patrullas policiales y una ambulancia, a los que se le sumaron varios curiosos interesados en saber que era lo que ocurría.
La situación de Lineros es más que comprometida ya que cuenta con varios antecedentes, y hasta cumplió condena en el penal de San Nicolás. Según fuentes oficiales, la situación que involucra al hombre y a la pequeña menor, sería de larga data, y los médicos que asistieron a la niña confirmaron que se trató de una violación.
Además, y más allá de la penosa situación que le tocó vivir, la propia hijastra habría relatado pormenorizadamente el episodio por el que atravesó. Al parecer sus dichos habrían sido muy creíbles para quienes la indagaron.
Ese mismo día, y luego de que Lineros fuera detenido, personal policial realizó una requisa en el interior de la vivienda secuestrándose unos 16 gramos de marihuana, situación que se suma a la causa que lo involucra.


Reclamos reiterados
La historia de vida de Juan Lineros, seguramente, es similar al de muchos ex convictos condenados por la Justicia y por la sociedad. El ahora detenido, reclamó en varias ocasiones sentirse desplazado por la sociedad. Tras cumplir condena en la Unidad Penal de San Nicolás por transgredir la ley de estupefacientes, nunca pudo conseguir trabajo. Recorrió los medios y los pasillos del municipio exigiendo atención, siempre adujo tener familia y que quería hacerlo por ellos. De todos modos, en medio de estos reclamos, hace unos años, fue acusado de abusar de una menor. Pero él mismo se encargó de aclarar que nada tenía que ver con lo ocurrido y ni siquiera fue condenado.
El año pasado volvió a ser noticia cuando tras una serie de allanamientos, la policía secuestró en su domicilio una importante cantidad de cigarrillos de marihuana con destino comercial.
Allí también se presentó ante los medios asegurando no tener nada que ver, que estaba sufriendo una persecución por parte de la policía.
Sus reclamos continuaron unos meses después, y el 13 de Agosto del año pasado decidió encadenarse en las puertas de la Municipalidad para llamar la atención de las autoridades. Quería trabajar y cambiar de vida, es más, hasta había comprado una moto para trabajar de mensajero, pero su situación nunca cambió.
Finalmente, ahora volvió a escribir un triste capítulo en su penosa historia de vida. Cayó tras las rejas, acusado de abuso sexual con acceso carnal agravado y tenencia de estupefacientes.